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Comisión de Familia avanza en proyecto que prohíbe la maternidad subrogada y fija sanciones penales

La Comisión de Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados inició la votación en particular del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para prohibir y sancionar la maternidad subrogada.

La iniciativa, aprobada en general en enero de 2026, tiene como objetivo central prohibir cualquier práctica en la que una mujer geste uno o más niños con el fin de entregarlos a un tercero tras su nacimiento, independientemente de la denominación del acuerdo o de la existencia de pago o promesa de remuneración.

El fundamento del proyecto radica en que este tipo de prácticas sería contrario a la dignidad y a los derechos de las personas que integran la familia, además de promover la mercantilización tanto de las mujeres como de los niños y niñas.

Durante la sesión, la comisión aprobó una norma que excluye la maternidad subrogada en todas sus formas. En concreto, se establece que será nulo de pleno derecho cualquier contrato en el que una mujer acuerde gestar y renunciar a la filiación materna en favor del contratante o de un tercero.

Asimismo, se dispone que la filiación de los hijos nacidos mediante gestación de sustitución se determinará por el parto, sin perjuicio de que pueda ejercerse una acción de reclamación de paternidad respecto del padre biológico.

Tipificación de sanciones

En la misma jornada, los parlamentarios aprobaron una serie de disposiciones orientadas a sancionar penalmente la intermediación, promoción, organización y comercialización de la maternidad subrogada.

En ese contexto, se establece que quienes intermedien entre personas interesadas en acoger a un niño y una mujer dispuesta a gestarlo para su posterior entrega serán sancionados con presidio menor en su grado medio (desde 541 días hasta 3 años y un día) y una multa de 1.000 UTM.

La misma pena se aplicará a quienes realicen, organicen o publiciten la comercialización de embriones o de la maternidad subrogada. En tanto, si estas conductas se ejecutan de manera habitual o con fines de lucro, las sanciones aumentarán a presidio mayor en su grado mínimo, junto con multas de hasta 5.000 UTM.

Adicionalmente, el proyecto contempla sanciones para profesionales de la salud que participen en estos procesos. En estos casos, se establece presidio mayor en su grado mínimo (5 años y un día a 10 años) y multas de 5.000 UTM para quienes, abusando de su oficio, intervengan en técnicas de reproducción asistida con el propósito de concretar la maternidad subrogada.

Las penas más altas —de presidio mayor en su grado medio a máximo (10 años y un día a 20 años), además de multas de 5.000 UTM— se aplicarán a quienes incurran en estas prácticas aprovechándose de una relación de dependencia o de la situación de vulnerabilidad de la mujer, o bien induciéndola mediante engaño, inexperiencia o ignorancia.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

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