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SERNAC demanda a Creditú y AVLA por cláusulas abusivas y venta atada en créditos hipotecarios

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) interpuso una demanda colectiva en contra de las empresas Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. y AVLA Seguros de Crédito y Garantía S.A., tras detectar diversas infracciones a la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

La acción judicial se sustenta en una investigación en la que el organismo recopiló antecedentes mediante requerimientos de información a ambas compañías, además de analizar datos proporcionados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). A partir de ello, identificó prácticas que vulnerarían los derechos de los consumidores, particularmente en el otorgamiento de créditos para la vivienda.

Según el SERNAC, Creditú condicionaba la entrega de mutuos hipotecarios endosables a la contratación obligatoria de un seguro de crédito comercializado por AVLA, ambas empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial durante el período investigado. Esta práctica, conocida como venta atada, está prohibida por la normativa vigente.

Uno de los aspectos más cuestionados es que, en caso de activarse el seguro por no pago, el consumidor no queda liberado de la deuda. Por el contrario, la aseguradora subroga los derechos del acreedor, pudiendo incluso ejecutar la hipoteca, lo que, a juicio del Servicio, desnaturaliza el objetivo del seguro y lo convierte en una garantía adicional en favor de la empresa.

El organismo también advirtió que los seguros contratados no entregaban beneficios reales a los consumidores y que su prima debía considerarse como interés. Bajo esta interpretación, se determinó que Creditú habría excedido la Tasa Máxima Convencional (TMC), ya que fijaba sus tasas en el límite legal y sumaba el costo del seguro como un cargo adicional.

Asimismo, la investigación detectó cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, como un mandato irrevocable que permitía a Creditú autocontratar el seguro en nombre del cliente, y una cláusula de aceleración que facultaba a la empresa a exigir el pago total inmediato del crédito si el consumidor decidía revocar el seguro.

El SERNAC también puso énfasis en el perfil de los clientes afectados, indicando que se trata principalmente de personas de escasos recursos, muchas de ellas fuera del sistema financiero formal, lo que agrava la situación desde el punto de vista de la protección al consumidor.

En la demanda colectiva, el Servicio solicita a la justicia declarar la nulidad de las cláusulas abusivas y del contrato de seguro asociado, además de aplicar las multas máximas contempladas por la ley, que pueden alcanzar hasta 1.500 UTM por cada infracción. También exige que las empresas indemnicen a los consumidores por daño moral y reembolsen los costos asociados a los reclamos.

El caso ahora quedará en manos de los tribunales, que deberán determinar las responsabilidades y eventuales compensaciones a los afectados.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

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