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Caso gastos reservados: condenan a excomandante en jefe del Ejército Óscar Izurieta por lavado de activos

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó este martes un veredicto condenatorio contra el excomandante en jefe del Ejército Óscar Izurieta Ferrer, como autor del delito consumado de lavado de activos, en el marco del denominado caso “Gastos reservados”.

En una resolución unánime, los magistrados dieron por acreditada la comisión del ilícito y la participación culpable del exuniformado, por hechos que se habrían cometido a partir de 2010.

De acuerdo con el acta de deliberación, el tribunal tuvo por establecido que los excomandantes en jefe del Ejército Juan Miguel Fuente-Alba y Humberto Oviedo entregaron periódicamente dinero en efectivo a antiguos titulares de la institución, generalmente de manera mensual y sin registro contable. Los montos habrían fluctuado entre $400 mil en 2010 y $1 millón en 2017.

Los jueces concluyeron que esos recursos, entregados originalmente como gastos reservados, fueron destinados a fines distintos de los autorizados por ley, entre ellos, el pago de sumas mensuales para uso personal de los excomandantes en jefe.

En ese contexto, el tribunal desestimó los argumentos de la defensa de Izurieta, que sostenía que su representado no podía ser considerado autor o partícipe del delito base de malversación de caudales públicos, debido a que no estaba a cargo de los fondos durante el período investigado.

Al respecto, los magistrados precisaron que para configurar el lavado de activos no es necesario que el acusado haya participado en el delito precedente, sino que basta con que conozca el origen ilícito de los bienes. Además, señalaron que la acusación no le atribuyó haber sustraído los recursos, sino haberse apropiado, administrado y utilizado el dinero proveniente de los gastos reservados.

Las operaciones inmobiliarias bajo la lupa

Respecto del lavado de activos, el tribunal examinó una serie de operaciones vinculadas a un departamento ubicado en calle Cerro Colorado, en la comuna de Las Condes, adquirido por Izurieta en febrero de 2008 por un valor de 7.600 UF. De ese monto, 5.600 UF fueron pagadas al contado y las restantes 2.000 UF mediante un crédito hipotecario.

Entre los antecedentes considerados también estuvieron la rectificación de declaraciones de renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), realizada en 2019; la separación de bienes de su sociedad conyugal en 2021; y la posterior donación de cuatro inmuebles a su hija, entre ellos el departamento de Cerro Colorado.

La resolución también consignó que, pese a la donación, Izurieta recibió un poder especial para administrar y arrendar la propiedad. Asimismo, estableció que entre marzo de 2022 y marzo de 2025 las rentas de arrendamiento fueron transferidas desde la cuenta de su cónyuge a la del excomandante en jefe.

Para los jueces, el conjunto de estas operaciones permitió establecer la existencia de conductas destinadas a ocultar o disimular el origen ilícito de los bienes. En esa línea, descartaron que el uso de mecanismos formales, como operaciones bancarias, trámites ante el SII o procedimientos judiciales civiles, modificara la naturaleza delictiva de las acciones.

“Los descargos del encartado (…) aparecieron falaces, en atención a la prueba que se presentó, la que demostró que sus explicaciones alternativas para justificar esas acciones eran acomodaticias”, sostuvo el tribunal en el acta de deliberación.

Finalmente, los magistrados resolvieron condenar a Izurieta por las modalidades de lavado de activos contempladas en las letras a) y b) del artículo 27 de la Ley 19.913, además de otras conductas comprendidas en la misma disposición.

La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por la jueza Andrea Acevedo Muñoz, quedó fijada para las 11:15 horas del próximo viernes 27 de noviembre.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

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