Nacional

SMA formula cargos contra Copec por exceder límites de descarga de residuos líquidos en Quintero

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra COPEC S.A., empresa titular del establecimiento “Terminal Marítimo de Quintero COPEC”, ubicado en el sector El Bato de la comuna de Quintero, Región de Valparaíso, por incumplimientos asociados a los límites autorizados para la descarga de residuos industriales líquidos (RILes).

La instalación cuenta con un sistema de tratamiento de residuos líquidos provenientes de las actividades del terminal marítimo y de su planta de lubricantes. Sus descargas se realizan mediante un emisario marítimo hacia las aguas superficiales de la bahía de Quintero.

De acuerdo con los antecedentes recopilados por el organismo fiscalizador, la empresa habría superado el volumen máximo de descarga establecido en su Programa de Monitoreo, fijado mediante la Resolución Exenta SMA N° 1114/2019. Dicho instrumento establece un caudal máximo autorizado de 197 metros cúbicos diarios.

El análisis de los informes de fiscalización y de los reportes de autocontrol permitió constatar excedencias de ese límite durante noviembre de 2023 y, de manera continua, entre abril y septiembre de 2025.

A estas irregularidades se suma que, durante agosto de 2025, las superaciones del volumen de descarga derivaron en un exceso de la carga másica contaminante permitida para el parámetro de hidrocarburos volátiles. Según la evaluación técnica de la SMA, este contaminante alcanzó un máximo equivalente al 382% por sobre el límite autorizado.

El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, enfatizó la importancia de cumplir las exigencias establecidas para el control de residuos líquidos, particularmente por su incidencia en la protección de los ecosistemas marinos.

“Las exigencias fijadas en los programas de monitoreo de residuos líquidos son fundamentales para evitar la degradación de los ecosistemas marinos y proteger la Bahía de Quintero, un área altamente sensible que además cuenta con una Norma Secundaria de Calidad Ambiental”, sostuvo.

La autoridad agregó que la formulación de cargos busca que la compañía cumpla rigurosamente los límites establecidos en sus instrumentos ambientales y adopte las medidas técnicas o de infraestructura necesarias para corregir las desviaciones detectadas. Asimismo, subrayó la importancia de garantizar un desempeño transparente ante la comunidad y las instituciones fiscalizadoras.

Plazos para la empresa

La SMA clasificó la infracción como leve, de acuerdo con el artículo 39, letra c), de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA). Esta categoría contempla sanciones que pueden ir desde una amonestación por escrito hasta una multa de 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Tras la notificación del acto administrativo, COPEC S.A. contará con un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento, luego de la ampliación de cinco días hábiles otorgada de oficio, o de 22 días hábiles para formular sus descargos.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

Publicaciones relacionadas