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Contraloría detecta 485 funcionarios suspendidos en sumarios pendientes: algunos llevan más de cuatro años

La Contraloría General de la República (CGR) detectó que 485 funcionarios de la Administración Central permanecían suspendidos preventivamente, con sus remuneraciones vigentes, en el contexto de sumarios administrativos tramitados entre 2020 y marzo de 2026.

Los antecedentes forman parte del Consolidado de Información Circularizada (CIC) N.º 25, revisión que no incluye a las municipalidades y que encendió las alertas por la prolongación de medidas que, por su naturaleza, deberían ser temporales.

Según el informe, 13 funcionarios acumulaban más de cuatro años suspendidos, mientras otros 17 llevaban entre tres y cuatro años en esa situación. En total, 30 casos superaban los tres años sin que concluyeran los respectivos procedimientos disciplinarios.

El caso más prolongado corresponde a un funcionario del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia —Mejor Niñez—, cuya suspensión alcanzaba cuatro años y siete meses. Le siguen casos en el Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Santiago Centro, con cuatro años y seis meses, y en el SLEP Atacama, con cuatro años y dos meses.

Contraloría asumirá los sumarios más extensos

El Estatuto Administrativo permite suspender preventivamente a un funcionario mientras se desarrolla una investigación disciplinaria. Sin embargo, la medida debe mantenerse únicamente cuando resulte necesaria para asegurar el éxito del procedimiento.

Ante las demoras detectadas, la Contraloría dispuso que los 30 sumarios con suspensiones superiores a tres años dejen de ser tramitados por sus respectivos servicios y pasen directamente al organismo fiscalizador.

La medida busca concluir los procedimientos y establecer si existen responsabilidades de las autoridades que los ordenaron o que no controlaron oportunamente su avance.

Los organismos que mantienen funcionarios suspendidos durante más de un año tendrán un plazo de 15 días hábiles para informar el término de los sumarios, justificar fundadamente la continuidad de las medidas o detallar las acciones adoptadas para acelerar su tramitación.

También deberán iniciar procedimientos disciplinarios destinados a determinar eventuales responsabilidades por los retrasos.

$671 millones en remuneraciones

El Estado desembolsó $671 millones en remuneraciones asociadas solamente a los diez casos con los periodos de suspensión más extensos identificados en la revisión.

El informe también estableció que 22 funcionarios suspendidos registraban otras actividades remuneradas durante ese periodo, según información tributaria.

Además, dos de las personas suspendidas se encontraban cumpliendo prisión preventiva. En otro caso, el fiscal que había decretado la suspensión de un funcionario también estaba suspendido.

A ello se suman 20 procedimientos que permanecían bajo la responsabilidad de fiscales que ya no trabajaban en los respectivos servicios.

La fiscalización detectó, asimismo, decenas de casos de funcionarios que viajaron al extranjero o asistieron a casinos de juego mientras se encontraban suspendidos y seguían recibiendo sus remuneraciones.

Servicios que no respondieron serán apercibidos

La Contraloría anunció nuevas verificaciones para comprobar la calidad y veracidad de la información entregada por los organismos públicos.

Los servicios que no respondieron serán apercibidos, mientras que aquellos cuyos antecedentes no resulten suficientemente convincentes serán sometidos a controles adicionales.

La revisión se extenderá también a las municipalidades, que no fueron incluidas en este primer consolidado sobre la Administración Central.

Nuevo instructivo limita suspensiones prolongadas

A raíz de los resultados, la CGR emitió el Instructivo N.º 29, fechado el 16 de septiembre de 2026, para reforzar el control sobre las suspensiones preventivas decretadas en sumarios administrativos.

El documento recuerda que la fase investigativa de un sumario no debería superar los 60 días hábiles contemplados por la normativa. También ordena a los fiscales revisar periódicamente si continúa siendo necesario mantener apartado al funcionario.

La suspensión deberá levantarse cuando ya no exista riesgo para la investigación. Prolongarla más allá de plazos razonables podría considerarse arbitrario, vulnerar los principios de eficiencia y celeridad administrativa y generar responsabilidades para quienes intervienen en el procedimiento.

Todas las resoluciones que decreten o dejen sin efecto una suspensión preventiva deberán ser informadas en el Sistema de Acciones Derivadas (SIAD). Esto permitirá monitorear su duración y activar alertas cuando una medida concebida como provisional se prolongue injustificadamente.

Esta noticia aparece primero en: El Periodista

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