
Cámara despacha a ley “Escuelas Protegidas” con medidas de revisión a estudiantes y restricciones a la gratuidad
La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, por 105 votos a favor y 46 en contra, las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, conocido como “Escuelas Protegidas”.
La iniciativa busca enfrentar los hechos de violencia al interior de los establecimientos educacionales mediante una serie de herramientas orientadas a resguardar la convivencia y el desarrollo de las clases. Durante el debate, parlamentarios coincidieron en que el proyecto representa un avance, al advertir que no es posible garantizar el aprendizaje en contextos donde la violencia se instala en las aulas, afectando directamente el derecho a la educación.
Entre las principales medidas, se establece que los sostenedores podrán incorporar en sus reglamentos internos la revisión de mochilas, bolsos y otros efectos personales de los estudiantes, excluyendo sus vestimentas. Asimismo, el Senado añadió la posibilidad de solicitar que los alumnos muestren o vacíen el contenido de sus bolsillos.
En caso de detectarse elementos potencialmente peligrosos, se deberá informar de inmediato a los padres o apoderados, además de dar aviso a Carabineros o a la Policía de Investigaciones. Si el estudiante se niega a la revisión, incluso en presencia de sus apoderados, estos deberán retirar las pertenencias del establecimiento y se notificará a la Oficina Local de la Niñez.
El proyecto también incorpora sanciones para adultos que agredan a miembros de la comunidad educativa. En estos casos, se establece la prohibición de celebrar contratos con el Estado por un periodo de tres años. Además, los reglamentos internos podrán restringir el ingreso a los establecimientos de padres o apoderados que incurran en agresiones físicas, verbales o digitales contra funcionarios o estudiantes.
En materia de educación superior, la iniciativa determina que no podrán acceder al beneficio de gratuidad aquellos estudiantes condenados por delitos que atenten contra la vida, la integridad física, la indemnidad sexual o la propiedad. En este último caso, se precisa que deberán ser ilícitos cometidos en establecimientos educacionales, instituciones de educación superior o en sus inmediaciones.
Pese a las mejoras introducidas en el Senado —especialmente en resguardo de los derechos de niños, niñas y adolescentes frente a medidas intrusivas—, diversos legisladores advirtieron que el proyecto no constituye una solución estructural para la violencia escolar ni aborda factores de fondo como la salud mental o las condiciones sociales.
En esa línea, diputados del Partido Socialista, Frente Amplio y el PPD presentaron reservas de constitucionalidad, cuestionando tanto la restricción a la gratuidad como las facultades de revisión a estudiantes, al estimar que podrían vulnerar garantías como el derecho a la vida privada y la honra.
Finalmente, se estableció una entrada en vigencia gradual de las normas, en concordancia con la implementación de la ley N° 21.809 sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas y sus respectivos reglamentos.
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