
Tricel evita disolución de Evópoli: partido mantiene su inscripción legal
El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió acoger el recurso presentado por Evópoli y determinó que la colectividad mantiene su calidad de partido político, descartando así su disolución y ordenando su permanencia en el registro oficial.
La decisión se da en el marco de la controversia generada por la interpretación del artículo 56 de la Ley N°18.603, que establece los requisitos para la subsistencia de los partidos. En su análisis, el tribunal concluyó que Evópoli sí cumple con las condiciones exigidas, considerando tanto los triunfos electorales de los diputados Jorge Guzmán y Tomás Kast, como los de los senadores Luciano Cruz-Coke y Sebastián Keitel, quienes están en ejercicio desde 2021.
Interpretación de la norma
Uno de los puntos centrales del fallo fue la forma en que deben contabilizarse los parlamentarios. En esa línea, el Tricel fue enfático en señalar que “no es posible excluir del cómputo respectivo a los dos senadores en ejercicio”, argumentando que la legislación no establece dicha limitación.
Asimismo, el tribunal sostuvo que una interpretación estrictamente literal de la norma no es suficiente, por lo que recurrió a elementos adicionales, como el espíritu de la ley. En ese contexto, enfatizó que el objetivo es resguardar la representación política y la estabilidad del sistema de partidos.
El fallo agrega que excluir a los senadores “contrariaría la finalidad de privilegiar la representación popular a la par de fortalecer la estabilidad de los partidos políticos”.
Con estos antecedentes, el tribunal concluyó que Evópoli cumple con los presupuestos legales para continuar existiendo, por lo que ordenó mantener su inscripción en el Registro de Partidos Políticos, así como la vigencia de sus militantes en los registros correspondientes.
Cuestionamientos al Servel
La resolución también incluyó críticas a la decisión del Servicio Electoral, que había determinado la disolución del partido. Según el tribunal, el organismo “no explicita el razonamiento utilizado para arribar a la decisión”, lo que resulta especialmente relevante considerando la gravedad de la medida.
En esa línea, se advirtió que tratándose de una sanción de este tipo, se requiere un estándar reforzado de fundamentación, el que —a juicio del Tricel— no fue cumplido.
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