
Superintendencia de Pensiones eleva exigencias para crear nuevas AFP y refuerza estándares de inversión
La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió este jueves la Norma de Carácter General (NCG) N°354, que actualiza y perfecciona el marco regulatorio para la creación de nuevas administradoras de fondos de pensiones (AFP) y eleva los estándares de gestión de los Fondos de Pensiones, en cumplimiento de la Ley N°21.735.
La normativa regula el proceso de constitución, autorización y puesta en marcha de nuevas AFP, un punto clave considerando que la reforma previsional amplió el universo de entidades que pueden ingresar a la industria. Entre ellas se incluyen las administradoras generales de fondos (AGF) no filiales de bancos, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación y también personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, siempre que cumplan los requisitos legales y cuenten con la autorización de sus respectivos reguladores sectoriales.
Uno de los cambios centrales es el aumento del capital mínimo requerido para constituir una AFP, que pasa de un esquema gradual —que partía en 5.000 UF— a un piso único de 50.000 UF. Este nuevo umbral comenzará a regir en abril de 2027, junto con los nuevos requerimientos de encaje.
La norma también incorpora una restricción explícita para evitar la concentración de la industria: un mismo grupo empresarial no podrá ser propietario de más de una AFP.
Exigencias de experiencia en inversiones
La Norma establece requisitos mínimos de experiencia para directores, ejecutivos y profesionales clave en la gestión de inversiones. En particular, el gerente de inversiones deberá acreditar al menos siete años de experiencia en administración de activos, mientras que el responsable de riesgos y el equipo principal de inversiones deberán contar con un mínimo de cinco años en entidades que administren activos por al menos US$1.000 millones. La mayoría del directorio también deberá cumplir este estándar.
Estas exigencias se aplicarán tanto a nuevas AFP como a las ya existentes, que tendrán plazo hasta abril de 2027 para adecuarse.
Reglas para accionistas y operación
La normativa detalla además los antecedentes que deberán presentar los accionistas fundadores, con exigencias diferenciadas según el tipo de entidad, y refuerza los requisitos del Estudio de Factibilidad, la estructura organizacional y el perfil de cargos ejecutivos.
Entre las nuevas obligaciones figura la presentación de una carta Gantt que detalle las etapas de implementación de la AFP y precise qué funciones serán realizadas internamente y cuáles se subcontratarán. Si bien la ley permite externalizar la mayoría de las funciones, la gestión de inversiones de los fondos no podrá ser delegada a terceros.
Antes de iniciar operaciones, la AFP deberá tener constituido su directorio, contratado a los equipos de inversión y administración operacional, contar con infraestructura tecnológica, contratos formalizados con terceros y políticas internas en materias como gestión de riesgos, inversiones, ciberseguridad y externalización de servicios.
Desde la Superintendencia de Pensiones subrayaron que estos requisitos buscan asegurar estándares mínimos de operación y servicio, garantizando que las nuevas AFP cuenten, desde su inicio, con los controles, procedimientos y recursos necesarios para una gestión segura y eficiente de los fondos previsionales.
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