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Estos serían los montos de compensación para los afectados por cortes de luz

El director del Sernac, Andrés Herrera, dio a conocer los montos que proyectan para la compensación de los clientes afectados por los prolongados cortes de luz.

Luego de que se cumpliera más de una semana del intenso sistema frontal que azotó a la zona centro sur con fuertes lluvias y vientos, diversas comunas continúan sin suministro eléctrico.

De hecho, de acuerdo a los datos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), a las 11:14 horas de esta mañana hay 43.079 clientes sin luz, solamente en la Región Metropolitana.

Bajo este complejo escenario, el director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Andrés Herrera abordó la compensación que podrían recibir las personas afectadas por los cortes de luz, refiriéndose específicamente a los posibles montos que tendrían.

La proyección del Sernac sobre los montos de compensación para afectados por cortes de luz

“Desde el punto de vista de estas situaciones que afectan masivamente a los consumidores y particularmente respecto de servicios básicos, la ley nos habilita fundamentalmente a actuar vía dos opciones“, partió diciendo el director del organismo en conversación con Radio Pauta.

De acuerdo a lo anterior, precisó que dichas opciones son: “Las tradicionales acciones de clase o demandas colectivas” y “los procedimientos voluntarios colectivos“. Sobre esto último, Andrés Herrera detalló que “son instancias extrajudiciales a través de las cuales podemos sentarnos a negociar con la empresa sobre la base de ciertos criterios metodológicos para compensar e indemnizar rápidamente a los consumidores”.

Bajo este contexto, el director del Sernac dijo que se proyecta que los montos de compensación sean entre los $120 mil hasta los $150 mil.

“Aquí estamos hablando de personas con seis días sin electricidad, y eso altera completamente la vida cotidiana de las personas, y eso para efectos de las empresas tiene un costo que va a ser alto”, explicó.

“Lo que yo puedo decir del punto de vista de lo que establece la ley del consumidor en una reforma que se hizo el año 2018, que se establece para casos de interrupción injustificada de servicios básicos como este, es el pago como base de 10 veces el valor diario del último estado de cuenta respecto de, en este caso, la energía no suministrada”, sentenció Herrera.



Esta noticia aparece primero en: El Dinamo

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