
Corte de Apelaciones anula laudo arbitral por caso Australis y ordena invalidación total
La Corte de Apelaciones de Santiago anuló en su totalidad el laudo arbitral que había ordenado la restitución parcial del precio pagado en la compraventa de acciones de la salmonera Australis Seafoods S.A. por parte del grupo chino Joyvio, en su millonaria disputa contra el empresario chileno Isidoro Quiroga
En fallo dividido (rol 17.067-2025), la Primera Sala del tribunal de alzada —integrada por los ministros Guillermo de la Barra, Fernando Valderrama y la abogada integrante Catalina Infante— acogió el recurso de nulidad presentado contra la resolución dictada por el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago.
El tribunal estableció que el laudo incurrió en un vicio de incongruencia, al resolver sobre una materia distinta a la sometida al arbitraje. En particular, determinó que la sentencia “no es congruente con la descripción del caso que las partes hicieron”, al haber acogido una acción restitutoria de rebaja del precio en lugar de la acción indemnizatoria originalmente planteada, basada en un supuesto comportamiento doloso de la demandada.
Según la Corte, esta situación configura la causal de nulidad prevista en el artículo 34 de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional, relativa a aquellos casos en que el laudo “se refiere a una controversia no prevista en el acuerdo de arbitraje o contiene decisiones que exceden los términos” del mismo.
Asimismo, el fallo precisó que las causales de nulidad deben interpretarse de manera estricta, por lo que, al acreditarse este vicio específico, corresponde acoger dicha causal por sobre otras alegadas, como la imposibilidad de hacer valer derechos o la eventual infracción al orden público.
Respecto de la posibilidad de una nulidad parcial, la Corte descartó esa alternativa al considerar que el vicio detectado afecta elementos esenciales del arbitraje. En ese sentido, concluyó que no resulta viable separar las disposiciones inválidas del resto del laudo, por lo que la sanción debía extenderse a la totalidad de la sentencia arbitral.
En la resolución, el tribunal acogió la solicitud presentada por el abogado Cristóbal Eyzaguirre Baeza y decretó la nulidad total del laudo dictado en el procedimiento arbitral Rol N° A-5.484-2023, desestimando la opción de una invalidación parcial. Además, dispuso que cada parte deberá asumir sus propias costas.
La decisión fue adoptada con el voto en contra del ministro Fernando Valderrama.
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