
Condenan a hijo de Héctor Llaitul y otros cuatro miembros de la CAM por incendios y secuestro en La Araucanía
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco dictó este jueves 25 de junio veredicto condenatorio en contra de Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, Luis Guillermo Menares Chanilao, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Darío Fuenzalida Eneros y Jorge Andrés Caniupil Coña, acusados por el Ministerio Público como autores de diversos delitos cometidos en noviembre de 2022 en la zona.
En resolución unánime, correspondiente a la causa rol 32-2025, el tribunal —integrado por los magistrados José Ignacio Rau Atria (presidente), Javier Bascur Pavez y Wilfred Ziehlmann Zamorano— dio por acreditada tanto la ocurrencia de los hechos como la participación culpable de los acusados.
Los imputados fueron condenados como autores de los delitos consumados de incendio reiterado, hurto en concurso con secuestro simple y hurto. Asimismo, Llaitul Pezoa y Mardones Sáez fueron condenados adicionalmente por el delito de porte ilegal de municiones.
Según el acta de deliberación, el tribunal estableció que los acusados formaban parte del grupo que perpetró ataques incendiarios en el fundo San Luis y en la parcela 15, además de la quema de una camioneta marca Maxus. En ese contexto, sustrajeron el vehículo sin consentimiento de su dueño y se desplazaron con la víctima, a quien privaron de libertad de forma ilegal, para luego sustraer diversas especies desde un predio.
La sentencia señala que la participación de los condenados se logró acreditar mediante la coincidencia entre las vestimentas descritas por las víctimas y las que portaban los imputados al momento de su detención, así como por evidencia encontrada en el lugar, incluyendo armas y objetos robados.
No obstante, el tribunal absolvió a los cinco acusados de los delitos de porte ilegal de arma de fuego, porte de arma prohibida y disparos injustificados. Si bien se estableció que dichos ilícitos ocurrieron, los jueces concluyeron que no fue posible atribuirlos de manera individual a los imputados más allá de toda duda razonable.
El fallo también consideró la posibilidad de contaminación de pruebas, debido a la presencia de personal policial y militar armado en el lugar de detención, lo que pudo afectar los resultados de peritajes químicos.
“Existen meras sospechas”, indica la resolución, agregando que estas no son suficientes para sustentar una condena en esos cargos.
La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por el juez Wilfred Ziehlmann, quedó fijada para las 13:00 horas del lunes 13 de julio próximo.
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